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Intermediación / bróker

Te presentamos a tu comprador o proveedor y cobramos si la operación se cierra

Ponemos en contacto a compradores y vendedores de España y Latinoamérica y acompañamos la negociación hasta que firman su contrato. No compramos, no vendemos por cuenta propia ni financiamos: actuamos como mediadores y cobramos una comisión de éxito por operación cerrada. Antes de presentar a nadie firmamos confidencialidad y no elusión y revisamos a las contrapartes.

Si te pasa esto

  • Buscas proveedor o comprador en otro país y no sabes en quién confiar.
  • Recibes ofertas de intermediarios que no identifican al vendedor real, con cadenas de brókeres y peticiones de pago por adelantado.
  • Tienes una oportunidad concreta, un lote o un contrato anual, pero no tienes contacto directo con la otra parte.
  • No quieres pagar honorarios altos por una búsqueda que quizá no acabe en operación.
  • Te preocupa quién está al otro lado: sanciones, titular real, origen de los fondos y capacidad real de cumplir.

Para quién es

  • Importadores, industrias y distribuidores españoles que buscan origen directo en Latinoamérica: café, cacao, fruta, materias primas, componentes.
  • Productores y exportadores latinoamericanos que buscan comprador directo en España y la UE.
  • Fabricantes españoles con lotes o excedentes que quieren colocar en Latinoamérica.
  • Empresas que prefieren pagar sobre todo por resultado, con una operación bien definida.

Qué incluye

  • Mandato de intermediación por escrito con quien paga la comisión: objeto, comisión, devengo, cobro y protección.
  • Búsqueda y cualificación de contrapartes con los criterios que pactamos contigo.
  • KYC de cada contraparte antes de presentarla: existencia, titular real, sanciones, reputación y capacidad.
  • NCNDA firmado antes de revelar la identidad de la otra parte.
  • Presentación por escrito y con fecha, que deja constancia de nuestra intervención.
  • Carta de intención y hoja de condiciones para ordenar la negociación: producto, calidad, volumen, precio, Incoterm®, pago y plazos.
  • Acompañamiento de la negociación hasta la firma del contrato de compraventa, que firman comprador y vendedor.
  • Seguimiento de envíos y cobros para liquidar la comisión de cada envío.

Qué te llevas

  • Mandato de intermediación firmado
  • NCNDA firmado por las contrapartes
  • Checklist KYC de cada contraparte
  • Carta de intención y hoja de condiciones
  • Cálculo de la operación y de la comisión, y registro de operaciones

Qué no incluye

  • No compramos ni vendemos la mercancía, no la poseemos ni asumimos su riesgo.
  • No financiamos la operación ni garantizamos el pago ni la entrega.
  • No firmamos el contrato de compraventa en nombre de ninguna parte.
  • No redactamos el contrato de compraventa: lo revisa el abogado de cada parte; podemos coordinarlo.
  • No hacemos inspección, logística ni despacho aduanero: proponemos a quien lo haga (y, si lo necesitas, S08 o S09).
  • No pedimos pagos por adelantado a la otra parte ni trabajamos en cadenas de intermediarios sin identificar.

Cómo se cobra

ModalidadCómoImporte
Comisión de éxito (modalidad de lanzamiento)Solo se paga si la operación se cierra. Se devenga con el cobro del vendedor en cada envío. Mandato firmado por quien paga, con NCNDA.2 % del valor de la operación (granel: 1–1,5 %)
Comisión mínima por operaciónSi la comisión calculada queda por debajo del mínimo pactado, se cobra el mínimo.1.500 € por operación
Gastos de tercerosViajes, informes comerciales y análisis de muestras: con aprobación previa por escrito, a cargo del cliente.Según gasto

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la comisión?

Quien nos hace el encargo, normalmente el vendedor y a veces el comprador. Si cobramos de las dos partes, lo decimos por escrito a ambas. Nunca escondemos la comisión en el precio sin que lo sepa quien la paga.

¿Cuándo se gana la comisión?

Cuando comprador y vendedor firman la compraventa con la contraparte que presentamos. Se cobra como diga el mandato; lo habitual es por envío, cuando el vendedor cobra cada uno.

¿Pedís pagos por adelantado?

A la otra parte, nunca. Con nuestro cliente puede haber una cuota de búsqueda pactada, que se puede descontar de la comisión.

¿Por qué hacéis KYC si no sois un banco?

Porque presentar a alguien es avalar, en parte, que existe y que puede cumplir. Comprobamos existencia, titular real, sanciones, reputación y capacidad. Evita fraudes y operaciones que no deberían hacerse.

¿Trabajáis con otros intermediarios?

Solo si están identificados, firman el mismo NCNDA y su parte de la comisión se pacta por escrito. Lo recomendable es que cada intermediario facture su parte directamente a quien paga.